lunes, 26 de octubre de 2009

Cobertura Catastrófica:

Es un beneficio cuyo objetivo es obtener el 100% de cobertura en gastos por atención hospitalaria como algunas ambulatorias de alto costo.

Estas atenciones se otorgan, exclusivamente, en una red de atención médica definida por Consalud.

Sólo para los efectos de este beneficio, una enfermedad es considerada catastrófica cuando la suma de los copagos que genere, sea superior al deducible.

Y el deducible es la suma de copagos que acumula el beneficiario para optar a esta cobertura.

Su monto equivale a treinta veces la cotización pactada en el plan de salud, con un mínimo de 60 UF y un máximo de 126 UF.

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